Pues sí; aunque la medida ya entró en vigor en octubre de 2023, hasta hace poco tiempo, esto no se ha visto reflejado en el cómputo de tu vida laboral y, en determinadas situaciones, no se puede calcular correctamente todavía. Para saber si es tu caso, lee el artículo hasta el final. En caso de que no sepas de qué estamos hablando, te pongo un poco en situación:
Desde el pasado 1 de octubre, el trabajo a tiempo parcial está ya equiparado al de tiempo completo a efectos del cómputo de las pensiones. Es decir, a un trabajador cuya jornada de trabajo sea, por ejemplo, de cuatro horas, se le reconocerá como cotizado un día completo, lo mismo que si realizase una de ocho horas. De esta forma, e independientemente del tipo de jornada que tenga un trabajador, el período de actividad se computará a partir de ahora como días completos.
Conviene recordar que, hasta esa fecha, se utilizaba un coeficiente global de parcialidad, aplicando reglas de proporcionalidad en base al número de horas trabajadas al día. Esto implicaba que, de cara a la cotización para la pensión de jubilación, una persona con una jornada de 4 horas hubiese tenido que trabajar el doble de años que una persona a jornada completa para poder acceder a la misma (es decir, para generar el derecho a percibir una pensión de jubilación; la cuantía de dicha pensión obviamente sí que sería distinta).
Esta medida tiene carácter retroactivo; es decir, si en algún momento de tu vida laboral has realizado jornadas parciales, estas computarán como días completos. Pero, eso sí, no afecta a aquellos que ya se encuentren jubilados. Es decir, quienes cotizaron períodos parciales y ya están disfrutando de la pensión en la actualidad no tendrán derecho a revisión o compensación de ningún tipo, y seguirán percibiendo el mismo importe que hasta la fecha.
Como se indicaba al inicio del artículo, la normativa ya entró en vigor hace un tiempo, pero son muchos los trabajadores que se han encontrado con que sus vidas laborales todavía no reflejan el cambio. Esto puede deberse principalmente a dos motivos:
Por un lado, lo más probable es que estés pidiendo tu informe de vida laboral desde la sede electrónica de la Seguridad Social (pedir vida laboral), donde todavía no aparece reflejada la actualización de los años cotizados. Lo conveniente en dicho caso, y para saber si ya se ha hecho efectivo el cambio, es que contrastes esa información con la de la página «Tu Seguridad Social». Aquí la información ya estaría actualizada, ya que la propia página te permite hacer un simulacro de la pensión de jubilación que te quedaría.
Para que veas que no se trata de una cuestión menor, se adjunta una imagen donde se puede contrastar la diferencia de tiempo cotizado pese a tratarse de una vida laboral “relativamente corta”.
Fuente: La voz de Galicia
El otro motivo por el que la información puede no ser la correcta es que, aún accediendo a los datos de tu vida laboral por el cauce adecuado, esta información no esté actualizada. De hecho, puedes llevarte la siguiente sorpresa desagradable:
Pensarás que es una broma o que se trata de un virus informático, pero no es así, es totalmente real. Si has tenido una vida laboral “convulsa”, encadenando muchos trabajos por horas o incluso pluriempleándote para varias empresas al mismo tiempo, es bastante probable que te aparezca este aviso. Esto se debe a que el propio sistema tiene dificultades para realizar el cálculo de tu cotización.
Si todavía te queda un tiempo para jubilarte. no queda otra que tener paciencia y esperar que la información se actualice pronto. Si estás pensando ya en la jubilación y haciendo tus cálculos, te recomiendo que te pongas en contacto con una oficina de la Seguridad Social para que puedan hacerte el cómputo de forma “manual” y personalizada.
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