Tal y como ya se comentó en un artículo anterior, entre lo que queda de 2024 y el inicio de 2025 está previsto que se reduzca la jornada semanal de forma paulatina, desde las 40 horas actuales hasta las 37 horas y media contempladas por el Gobierno. Aunque parecen estar claros los plazos y se ha publicado un borrador al respecto, son todavía muchas las dudas que plantea de cara a hacerse efectivo. Aquí vamos a tratar de solventar algunas de ellas así como las posibles consecuencias que generará a efectos tanto de trabajadores como de empresas.
¿Me veré afectado?
Según los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA), la reforma afectaría a 8 millones de personas que trabajan más de 37,5 horas a la semana. No obstante, el Ministerio de Trabajo eleva esta cifra a 12 millones, ya que incluye a trabajadores no cubiertos por convenios colectivos que regulan una jornada superior a las 38,5 horas en 2024. Esto incluiría a trabajadores a tiempo parcial, al calcularse sus horas de trabajo como una fracción de la jornada laboral.
¿Mi sueldo seguirá siendo igual?
Uno de los pilares fundamentales de esta reforma es que la reducción de jornada no conlleve una disminución del sueldo. Aunque ello pueda acarrear costes directos e indirectos en las empresas, los trabajadores a tiempo completo no sufrirán ningún cambio en su nómina. En el caso de los que trabajen a tiempo parcial o con jornada reducida, podrán seguir trabajando las mismas horas que hasta ahora, si bien tendrán un incremento proporcional de sueldo, ya que la referencia para sus sueldos baja de 40 a 37,5 horas. De lo contrario, estos trabajadores estarían en desigualdad con respecto al resto de empleados a jornada completa, quienes harían menos horas con el mismo salario.
Además, aquellos trabajadores con contratos a tiempo parcial pero que superen las 37,5 horas se convertirán automáticamente en indefinidos a tiempo completo. Es decir, si un contrato a tiempo parcial actualmente contempla una jornada de 37,5 horas semanales, en enero de 2025 pasará a considerarse de tiempo completo porque alcanza el 100% de la jornada permitida.
¿Podré seguir haciendo horas extra?
Con la reducción de la jornada laboral, el Ministerio de Trabajo ha establecido nuevas regulaciones para las horas extra, destinadas a asegurar que los trabajadores no se vean obligados a trabajar más de las horas requeridas, sin recibir a cambio una compensación económica adecuada. En ese sentido, la patronal pide un incremento de horas extra para paliar esa reducción de horas de sus trabajadores.
Conviene recordar que son 80 horas las permitidas actualmente al año, y la patronal reclama pasar a 150 horas extras por trabajador. Aunque la propuesta no ha sido bien acogida por el Gobierno, los sindicatos sí estarían a favor de este incremento, siempre y cuando hubiera un recargo del 25% en el precio de cada hora extra.
¿Cómo se garantizará que se cumple la reducción de jornada?
La nueva normativa prevé mayor control del registro de jornada y el endurecimiento de las sanciones a las empresas. El Ministerio pide un registro digital de la jornada que la empresa no podría manipular y que permanecería accesible para el empleado, la Inspección de Trabajo y representantes sindicales.
Así mismo, Trabajo quiere multar con sanciones que van desde los 1.000 euros para las más leves hasta 10.000 euros por trabajador para las más graves, a las empresas que incumplan el registro horario y la reducción de la jornada semanal. Hasta ahora, las multas iban de los 750 a los 7.500 euros y la infracción era general para la empresa, no por trabajador.
¿Cómo se adaptará mi empresa?
Esta reforma se caracteriza por no contemplar que las empresas puedan tomar medidas que compensen el incremento de costes laborales (como por ejemplo una rebaja en las cotizaciones a abonar a la Seguridad Social). Esto supone que las empresas tengan que buscar otras vías para mitigar el impacto mediante medidas de “flexibilidad interna” o reducciones de jornada. Así, algunas fórmulas para aplicar la reducción de jornada sin que perjudique a los servicios que ofrecen las empresas serían las siguientes;
- Salir un poco antes. La forma más sencilla y directa de aplicar la reducción en la jornada laboral es reduciendo la jornada diaria en unos minutos para que, al hacer el cómputo anual, se refleje una reducción efectiva de horas. Bastaría con entrar unos minutos más tarde cada día o adelantar un poco la hora de salida.
- Ampliar el “horario de verano”. Durante el verano, muchas empresas adoptan una jornada intensiva. Ampliando algunas semanas más ese horario en el que trabajan menos horas, también se consigue ajustar la jornada durante el resto del año sin aplicar grandes cambios.
- Semanas de cuatro días estacionales. Esta opción sería la más compleja de aplicar ya que hay sectores donde, por carga de trabajo o apertura al público, no resultaría viable. Una opción más realista puede ser “acumular” una bolsa de horas y repartirlas de forma que se puedan organizar jornadas semanales de cuatro días durante los periodos con menos carga de trabajo.
- Más días libres. También se puede optar por ampliar los días de vacaciones o añadir días de libre disposición.
Obviamente, cada sector y cada empresa es un mundo, por lo que una posible solución óptima para un caso concreto puede resultar totalmente ineficaz en otro. Habrá que esperar, de todos modos, a que la ley entré en vigor de cara a conocer todos los pormenores para que la dirección de cada organización, junto con su departamento de RRHH, sea capaz de discernir qué opción es la más satisfactoria para todas las partes.
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