Disponer de un vehículo eléctrico de baterías en la actualidad, por suerte, ya no es misión imposible. Renault es un ejemplo de ello con sus modelos que ya comercializan en nuestro país.
Otra cosa es dónde recargarlo, pues como bien conocemos, la autonomía de estos vehículos es bastante limitada, entre 100 y 150 km.
Aun disponiendo de una red completa de puntos de recarga, el tiempo de espera para tener de nuevo la autonomía completa, supone un inconveniente para el usuario.
Yo quiero un vehículo eléctrico
La manera de seguir disfrutando de un vehículo eléctrico, con autonomía similar al actual (500 km) y tiempos de espera para obtener de nuevo la máxima autonomía (5 min), se consigue con las tecnologías del hidrógeno y las pilas de combustible.
Para ello, desde la Fundación para el Desarrollo de las Nuevas Tecnologías del Hidrógeno estamos trabajando, entre otras cosas, en disponer de vehículos eléctricos de pila de combustible de hidrógeno.
Vehículo REVA. Fuente: propia
El coche
El vehículo seleccionado es de la firma REVA, el cual es un vehículo exclusivamente eléctrico.
Los principales componentes de este vehículo son las 8 baterías de 6 V, cada una, de plomo ácido, que hacen un voltaje total de 48 V – 195Ah, que supone 275 kg (665 kg pesa el vehículo sin ellas) y una autonomía de 60 km (perfil de conducción mixto). Estas baterías alimentan el motor trifásico de jaula de ardilla de 12kW, encargado del desplazamiento del vehículo eléctrico, mediante un convertidor de potencia DC/AC.
La conversión
Se realiza el diseño para retirar las baterías y sustituirlas por una pila de combustible de 12kW y un depósito de hidrógeno de 1,2 kg, lo que supone una reducción de peso del vehículo y una autonomía de 120 km. Además para mejorar la eficiencia del vehículo, se integra la refrigeración de la pila de combustible con el sistema de calefacción, que antes se alimentaba de unas resistencias eléctricas de 2kW.
Sistema de hidrógeno. Fuente: propia
La homologación
El proyecto ha sido diseñado acorde con el REGLAMENTO (CE) N79/2009 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 14 de enero de 2009 relativo a la homologación de los vehículos de motor impulsados por hidrógeno y que modifica la Directiva 2007/46/CE y el Anexo V del Reglamento 110.
COMPONENTE |
UBICACION |
PUNTOS REGLAMENTO |
Baterias de ion-litio |
Parte trasera |
8,13,15 |
Depósitos de H2 |
Parte inferior de los asientos |
4,8,10 (1) |
FC (Hydrogenics 12 kW) |
Parte trasera |
8,10,13,15 |
Convertidor DC/DC |
Parte trasera |
8,13,15 |
Bocana de alimentación |
Parte izquierda trasera |
4,8,10 |
Conductos sistema de H2 |
Interior del vehículo |
5,8 |
Valvuleria |
Interior del vehículo |
5,8 |
Con esta normativa queda acotada las condiciones que ha de cumplir estos vehículos y que está totalmente reconocido por los países de la Unión. Muestra de ello es que la inspección técnica del vehículo se realiza sin problema alguno.
Proceso de inspección en I.T.V. Fuente: propia
Conclusión
La modificación de un vehículo a eléctrico de baterías (o convencional de motor de combustión interna) a eléctrico de pila de combustible de hidrógeno está contemplada por la normativa europea y es un proceso que aunque no es sencillo ni rápido, es totalmente viable y por lo tanto real.
Post publicado por: Fundación hidrógeno
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